martes, 14 de octubre de 2008

Mas casos donde colaboraron



Inundaciones en el litoral: Cruz Roja Argentina, en relación a la situación que está afectando a miles de familias en el Litoral Argentino, ha decido elaborar un plan de acción con foco en el Regreso de éstas personas a sus hogares









Casos donde colaboro la cruz roja

Incendio en “República Cromagnon” - 31 de diciembre de 2004.
El siniestro causó al menos 192 muertos y alrededor de 700 heridos. Cruz Roja Argentina, con mas de 80 voluntarios, prestó servicio de acompañamiento y apoyo psicológico profesional para aquellos que buscan familiares desaparecidos. También brindó primeros auxilios y contención psicológica en el centro de información dispuesto por las autoridades y orientación a través de las listas oficiales para las búsqueda de personas hospitalizadas o fallecidas. (Fotografías: Fabricio Di Dio)


I
nundaciones en santa fe : 69.803 personas fueron asistidas en base a relevamientos propios Mas de 4.680 voluntarias y voluntarios colaboraron en todo el territorio nacional. 173 profesionales capacitados brindaron apoyo psicológico en los Centros de Evacuados.

lunes, 6 de octubre de 2008

Su financiaminento

En la actualidad, en el ámbito contable, Cruz Roja Argentina cuenta con diferentes mecanismos de control de su gestión económica y financiera.

Comisión Fiscalizadora de Cuentas
La Comisión Fiscalizadora de Cuentas es un mecanismo de control establecido en el Estatuto de la organización. La comisión esta integrada por socios de Cruz Roja Argentina, sus principales deberes y atribuciones son las siguientes:

1.Examinar los libros y documentos contables de la institución por lo menos cada tres meses;
2.Verificar que el movimiento de fondos se efectúe de conformidad con las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias;
3.Dictaminar sobre la memoria anual, el inventario, el balance y la cuenta de gastos y recursos a someterse a consideración de la Asamblea;
4.Dar su opinión a requerimiento del Consejo Supremo o de su Comité Ejecutivo respecto del presupuesto de gastos y recursos de cada ejercicio, contratos y cualquier otra documentación economico-financiera;
5.Solicitar al Consejo Supremo, la convocatoria de Asamblea al que se refiere el articulo 19 del Estatuto si aquel omitiera hacerlo en término y convocarla si, aún así, el Consejo Supremo no lo hiciera;
6.Asisitir, si lo estima conveniente o a pedido del Consejo Supremo a la sesiones de este o a las Asambleas, con voz pero sin voto.

Instructivo para la Administración y Rendición de Cuentas de fondos recibidos para desarrollo de proyectos para la sede central y filiales.
Este instructivo que se utiliza en la Sede Central y las filiales de Cruz Roja Argentina, determina los procedimientos contables y financieros para efectuar todas y cada una de las operaciones financieras de la organización. El instructivo esta basado en la norma legal Argentina, en vigencia

Comité de compras.
Los comités de compras de Cruz Roja Argentina se convocan para cada una de las compras que realiza la organización y que superan los $ 10.000.- Cada comité de compra se integra especialmente con especialistas en el ámbito de la compra que se efectua, pero además, participan de los mismos, un representante del colegio de contadores y un representante del colegio de abogados.
El comité de compras asegura el control entre los técnicos que llevan adelante los diferentes procesos de construcción del expediente de compras (solicitud de presupuestos, negociaciones, etc.) y la decisión de la compra, propiamente dicha

Auditoria externas especificas a proyectos.
Todos y cada uno de los movimientos económicos realizados en el ámbito de un proyecto son, especialmente, revisados por auditores externos a la organización. La auditoria de proyectos emite informes regulares que son presentados a la Dirección General Ejecutiva y el Comité Ejecutivo.

Auditoria externa permanente.
Cruz Roja Argentina cuenta con un grupo de auditores externos que, periódicamente, realizan un control de su movimiento económico y financiero, y sus procedimientos. Con regularidad es recibido un informe de auditoria en donde se detallan los resultados y se sugieren las acciones correctivas pertinentes.

Auditorias contables externas anuales.
Con motivo de la consolidación del balance anual de la organización, un equipo de auditores audita la confección de los balances conforme a las normas legales vigentes.

miércoles, 1 de octubre de 2008

Los objetivos y los metodos de trabajo



El objetivo que quiere llevar a cabo la cruz roja es contribuir a mejorar la vida de las personas en especial aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
este trabaja con cuatro lineas de accion de acuerdo con las problematicas que mas afectan a nuestro pais de:
1)VIH -SIDA:
277.700 personas beneficiadas
Programas de capacitación y campañas públicas
Acceso a la información
Prevención en comunidades vulnerables
Acompañamiento a personas que viven con VIH
Talleres y charlas de sensibilización y orientacion . 2)Desastres :
Reducción del riesgo
Preparación comunitaria.
Respuesta y preparativos para la respuesta
Recuperación.

3)Alimentacion y nutricion:
Llamamiento internacional por la crisis social
Estudio nutricional de las condiciones de vida de la niñez pobre del Norte Argentino (ENCUNA)
Ayuda humanitaria a Tucumán
Comedores y centros comunitarios

4)Enfermedades en situcaion de pobreza
Mejora de Salud en el Noroeste Argentino
Reducción de la Vulnerabilidad en la Cuenca del Plata
Donaciones a hospitales públicos.
Auditoria social de la distribución de medicamentos (REMEDIAR)
Programas y proyectos de Salud Comunitaria en el Litoral y Buenos Aires.

Su organizacion

Actualmente, el movimiento internacional de la cruz roja y de la medialuna roja esta integrado por tres componentes independientes con funciones especificas.El trabajo de estos organismos permite llevar la accion conjunta en tiempo de guerra como en tiempos de paz. Su Órgano fundador del movimiento (originariamente “Comité Internacional de Socorro a los militares heridos.actualemnte esta conformada por las siguientes organizaciones:
1)federación internacional de sociedades de la cruz roja y de la media luna roja (FICR)
2)Comité internacional de la cruz roja (CICR)
3)
Y las 186 sociedades nacionales de la cruz roja y la media luna roja
El comite internacional de la cruz roja (CICR) Es una Institución privada, independiente, neutral e imparcial con sede en Ginebra, Suiza y delegaciones regionales en todo el mundo. Se compone por 18 y 25 miembros suizos y más de 9000 colaboradores de todo el mundo

En tiempos de guerra:

  • Brinda protección y asistencia a las victimas, ya sean civiles o militares.
  • Realiza tareas de diplomacia humanitaria para difundir y defender el Derecho Internacional Humanitario (DIH)
Participa en tareas de restablecimiento de lazos entre las victimas de los conflictos y sus familias y vela por el bienestar de los prisioneros y refugiados.

Cambios organizacionales

A partir de un nuevo gobierno institucional se realizaron cambios en la organización con el fin de modernizarla y adaptarla a la nueva realidad social

En el 2003 se realizo el nuevo plan estrategico (que rigue en la actualidad) conto con la participación de voluntarios y voluntarias de gestion y de gobierno técnicos de la Sede Central, Organismos Gubernamentales y otras organizaciones de la sociedad civil. Ademas se comenzó a trabajar en la modificación del viejo estatuto y reglamento con el objetivo de actualizarlos de acuerdo a las nuevos requerimientos institucionales.

Cabe destacar que se le otorgaron mayores beneficios a los voluntarios reconociendolos como asociados de la institución. Por último se creó el Tribunal de Ética y Disciplina, que pretende ser una nueva instancia de control para garantizar el pleno cumplimiento de los deberes y derechos de los asociados

ESTATUTOS DEL COMITE INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA :del 24 de junio de 1998

Artículo primero — Comité Internacional de la Cruz Roja

1. El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), fundado en Ginebra el año 1863 y reconocido formalmente por los Convenios de Ginebra y por las Conferencias Internacionales de la Cruz Roja [1], es una institución humanitaria independiente con estatuto propio.

2. Es parte constitutiva del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja [2].

Artículo 2 — Estatuto jurídico

El CICR está constituido como asociación regida por los artículos 60 y siguientes del Código Civil Suizo. Tiene personalidad jurídica.

Artículo 3 — Sede, emblema y lema

1. El CICR tiene su sede en Ginebra.

2. Tiene por emblema la cruz roja sobre fondo blanco. Su lema es Inter armas caritas. Es suyo, asimismo, el lema Per humanitatem ad pacem.

Artículo 4 — Cometido

1. El cometido del CICR es, en particular:

a) mantener y difundir los Principios Fundamentales del Movimiento, a saber: humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, voluntariado, unidad y universalidad;

b) reconocer a cada Sociedad Nacional nuevamente fundada o reconstituida que reúna las condiciones de reconocimiento consignadas en los Estatutos del Movimiento y notificar dicho reconocimiento a las demás Sociedades Nacionales;

c) asumir las tareas que se le reconocen en los Convenios de Ginebra [3], trabajar por la fiel aplicación del derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados y recibir las quejas relativas a las violaciones alegadas contra dicho derecho;

d) hacer siempre lo posible, como institución neutral cuya actividad humanitaria se despliega especialmente en casos de conflicto armado —internacionales o de otra índole— o de disturbios internos, por lograr la protección y la asistencia a las víctimas militares y civiles de dichos acontecimientos y de sus consecuencias directas;

e) garantizar el funcionamiento de la Agencia Central de Búsquedas prevista en los Convenios de Ginebra;

f) contribuir, en previsión de conflictos armados, en la formación del personal médico y en la preparación del material sanitario, en colaboración con las Sociedades Nacionales, los servicios de sanidad militares y civiles y otras autoridades competentes;

g) trabajar por la comprensión y la difusión del derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados y preparar el eventual desarrollo del mismo;

h) asumir los cometidos que le asigne la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (la Conferencia Internacional).

2. El CICR puede tomar las iniciativas humanitarias que atañan a su cometido de institución y de intermediario específicamente neutrales e independientes y estudiar las cuestiones cuyo examen incumba a tal institución.

Artículo 5 — Relaciones con los otros componentes del Movimiento

1. El CICR mantiene estrechos contactos con las Sociedades Nacionales. De acuerdo con éstas, colabora en ámbitos de interés común, tales como su preparación para actuar en caso de conflicto armado, el respeto, el desarrollo y la ratificación de los Convenios de Ginebra, la difusión de los Principios Fundamentales y del derecho internacional humanitario.

2. En las situaciones previstas en el artículo 4, párrafo 1 d), y que requieran una coordinación de la asistencia proporcionada por las Sociedades Nacionales de otros países, el CICR se encarga, en colaboración con la Sociedad Nacional del país o de los países concernidos, de la aplicación de la misma, de conformidad con los acuerdos concertados con los otros componentes del Movimiento.

3. El CICR mantiene estrechas relaciones con la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Colabora con ésta en ámbitos de interés común, de conformidad con los Estatutos del Movimiento y con los acuerdos concertados entre sí.

Artículo 6 — Relaciones fuera del Movimiento

El CICR mantiene relaciones con las autoridades gubernamentales y con todas las instituciones nacionales o internacionales cuya colaboración considere de utilidad.

Artículo 7 — Miembros del CICR

1. El CICR recluta a sus miembros por cooptación de entre los ciudadanos suizos. Está integrado por quince a veinticinco miembros.

2. Los derechos y deberes de los miembros del CICR quedarán establecidos en un Reglamento interno.

3. Los miembros del CICR están sometidos a reelección cada cuatro años. Después de tres períodos de cuatro años, deben obtener una mayoría de las tres cuartas partes de todos los miembros del CICR para cada reelección ulterior.

4. El CICR puede elegir a miembros honorarios.

Artículo 8 — Órganos del CICR

Los órganos del CICR son:

a) la Asamblea;

b) el Consejo de la Asamblea;

c) la Presidencia;

d) la Dirección;

e) el Control de gestión.

Artículo 9 — Asamblea

1. La Asamblea es el órgano supremo del CICR. Ejerce la alta supervisión de la Institución, aprueba su doctrina, sus objetivos generales, su estrategia institucional, su presupuesto y sus cuentas. Delega algunas de sus competencias al Consejo de la Asamblea.

2. La Asamblea está integrada por miembros del CICR. Tiene carácter colegiado. Su presidente y sus dos vicepresidentes son el presidente y los vicepresidentes del CICR.

Artículo 10 — Consejo de la Asamblea

1. El Consejo de la Asamblea es un órgano de la Asamblea que actúa por delegación de ésta. Prepara las actividades de la Asamblea, resuelve asuntos de su competencia y se encarga del enlace entre la Dirección y la Asamblea, a las cuales informa con regularidad.

2. El Consejo de la Asamblea está integrado por cinco miembros que la Asamblea elige.

3. Preside el Consejo de la Asamblea el presidente del CICR.

Artículo 11 — Presidencia

1. El presidente del CICR asume la responsabilidad primera de las relaciones exteriores de la Institución.

2. Como presidente de la Asamblea y del Consejo de la Asamblea, se encarga de la salvaguarda de las competencias de esos dos órganos.

3. Asisten al presidente del CICR en el cumplimiento de sus funciones un vicepresidente permanente y un vicepresidente no permanente.

Artículo 12 — Dirección

1. La Dirección es el órgano ejecutivo del CICR, encargado de aplicar y hacer aplicar los objetivos generales y la estrategia institucional definidos por la Asamblea o por el Consejo de la Asamblea. La Dirección también es responsable del buen funcionamiento y de la eficacia de la Administración, integrada por el conjunto de los colaboradores del CICR.

2. La Dirección está integrada por el director general y tres directores, todos ellos nombrados por la Asamblea.

3. Preside la Dirección el director general.

Artículo 13 — Poder de representación

1. El CICR se compromete por los actos del presidente o los de la Dirección. En el Reglamento interno figuran las modalidades de ejercicio del respectivo poder.

2. Todo acto que compromete ante terceros la responsabilidad financiera del CICR deberá estar firmado por dos personas debidamente autorizadas para ello. El

Consejo de la Asamblea fijará, tras propuesta de la Dirección, las cantidades por debajo de las cuales se podrá pasar por alto esta exigencia.

Artículo 14 — Control de gestión

1. El Control de gestión del CICR es una función de control interna independiente de la Dirección. Presenta informes directamente a la Asamblea. Sus métodos son los de la auditoría interna operacional y financiera.

2. El Control de gestión abarca la Institución en su conjunto, sede y terreno. Su finalidad es evaluar, de manera independiente, el rendimiento de la Institución y la pertinencia de los medios aplicados con respecto a su estrategia.

3. En el ámbito financiero, el cometido del Control de gestión es complementario al de la sociedad o de las sociedades de verificación externas que prestan servicios por encargo de la Asamblea.

Artículo 15 — Recursos y control financiero

1. Los principales recursos del CICR provienen de las contribuciones de los Gobiernos y de las Sociedades Nacionales, de fondos de procedencia privada y de sus ingresos propios.

2. Estos recursos, así como los fondos de capital de que pueda disponer, garantizan el cumplimiento de los compromisos del CICR, excluida toda responsabilidad personal o solidaria de sus miembros.

3. El empleo de esos recursos y fondos está sometido a un control financiero autónomo interno (Control de gestión) y externo (una o varias sociedades de verificación).

4. Incluso en el caso de disolución, los miembros no tienen derecho personal alguno con respecto a los bienes del CICR, que sólo podrán destinarse a fines humanitarios.

Artículo 16 — Reglamento interno

La Asamblea garantiza la aplicación de los presentes Estatutos, mediante el establecimiento de un Reglamento interno.

Artículo 17 — Revisión

1. La Asamblea puede revisar los presentes Estatutos en todo momento. La revisión será objeto de dos debates previstos en el orden del día de dos reuniones distintas.

2. Los Estatutos podrán modificarse sólo por el voto favorable de dos tercios de los miembros presentes y al menos por la mitad del total de los miembros del CICR.

Artículo 18 — Entrada en vigor

Los presentes Estatutos reemplazan a los Estatutos del Comité Internacional de la Cruz Roja del 21 de junio de 1973 y entrarán en vigor el 20 de julio de 1998.



martes, 30 de septiembre de 2008

El origen de la cruz roja

En 1859, el ginebrinos Henry Dunant, en viaje por Italia, llegó a Solferino en el momento en que austriacos, franceses y piamonteses, acababan de librar en una batalla.

Conmovido por el abandono que tenían, sobre el mismo campo de batalla, millares de heridos, trató de prestarles ayuda y para ello solicitó colaboración de la población civil.

Más tarde escribió un libro, que rápidamente se haría celebre, al que tituló “Recuerdos de Solferino”. En este relato propuso para aprovechar la ayuda voluntaria, que se creasen sociedades de socorro destinadas a apoyar a los Servicios de Sanidad Militar. Recomendó además, Henry Dunant, Que las actividades de estas sociedades recibieran el refrendo oficial de un Convenio Internacional.

Este fue el inicio de las futuras Sociedades Nacionales de Cruz Roja.

En 1863, cuatro ciudadanos ginebrinos fundaron junto con Henry Dunant, el Comité Internacional de Cruz Roja que inmediatamente convocó una conferencia internacional. Ésta se celebró en Ginebra con representantes de 16 países, donde se sentaron las bases de Cruz Roja.

Poco después se constituyeron las primeras sociedades de socorro y al año siguiente, los plenipotenciarios de 12 naciones firmaron el Convenio de Ginebra del 22 de agosto de 1864, para aliviar la suerte de los militares heridos en los Ejércitos de campaña, quedando instituido el símbolo de la inmunidad: la cruz roja griega sobre fondo blanco.

Hoy día bajo este símbolo se afilian 115 Sociedades Nacionales con más de 250 millones de afiliados.

CONVENIOS DE GINEBRA

1)ATENDER sin distincion alguna,tanto a amigos como a enemigos.
2)RESPETAR al ser humano, su honor,los d
erechos de la familia, las costumbres,las convicciones religiosas y la dignidad de la mujer.
3)PROHIBIR los tratos inhumanos o degradantes, la toma de rehenes, los exterminios, las torturas, las ejecuciones sumarias, las deportaciones, los saqueos, los actos de violencia, la destrucción injustificada de bienes familiares.
4)HUMANIDAD: La Cruz Roja que tiene su origen en el anhelo de prestar auxilio sin discriminación, a todos los heridos en los campos de batalla, hace posible en su carácter internacional y nacional, por prevenir y aliviar el sufrimiento de todos los hombr
es en todas las circunstancias.
Aspira a proteger la vida y la salud así como
garantizar el respeto de la persona humana. También fomentar la comprensión mutua, la amistad, la cooperación y la paz duradera entre los pueblos
5)IMPARCIALIDAD: La Cruz Roja no hace distinción alguna de la nacionalidad, raza, religión condición social ni credo político. Se dedica únicamente a aliviar el sufrimiento de los individuos dando prioridad a la atención de las necesidades más urgentes.
6)INDEPENDENCIA: La Cruz Roja es independiente. Auxiliar de los poderes públicos en sus actividades humanitarias y sometidas a las leyes que rigen los países respectivos, las Sociedades Nacionales, deben sin embargo, conservar una autonomía q
ue les permita actuar siempre de acuerdo con los principios de Cruz Roja.
7)CARÁCTER VOLUNTARIO: La Cruz Roja es una institución de carácter voluntario y desinteresado.
8)UNIDAD: En cada país puede existir una sola Sociedad de Cruz Roja, que debe dar acceso a todos y hacer extensiva su labor humanitaria a la totalidad del territorio.
9)UNIVERSALIDAD: La Cruz Roja es una institución universal, en la que todas las Sociedades disfrutan de los mismos derechos y tienen el poder de ayudarse mutuamente.

La Cruz Roja reafirma las divisas “INTER ARMA CARITAS” y “PER HUMANITATEN AD PACEM” que son conjuntamente, la exp